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Estados Unidos: debe liberarse a solicitante de asilo transgénero detenida

Estados Unidos: debe liberarse a solicitante de asilo transgénero detenida  

Kelly González Aguilar, mujer transgénero de 23 años, huyó a Honduras cuando tenía 12 años a causa de la violencia que sufría por su identidad transgénero. Tras viajar a Estados Unidos, las autoridades de inmigración estadounidenses la detuvieron en agosto de 2017. Desde entonces permanece recluida mientras aguarda el resultado de su solicitud de asilo. Teme infectarse de COVID-19 a causa de lo inadecuado de las medidas tomadas por las autoridades para proteger frente al virus tanto a las personas detenidas como al personal. Pedimos a las autoridades que pongan de inmediato a Kelly en libertad condicional.

Durante los dos años y medio que ha permanecido detenida, Kelly pasó meses en régimen de aislamiento exclusivamente a causa de su identidad de género. En ningún momento se le ha concedido una vista de fianza. Las múltiples peticiones de libertad condicional por motivos humanitarios le han sido denegadas. Tiene una comunidad esperando a recibirla, y no hay motivo para no ponerla en libertad.

Lo único que quiere Kelly es vivir segura y sin temor. Hay muchas más personas transgénero como Kelly que permanecen encerradas injustamente en centros de detención para inmigrantes mientras solicitan asilo, y que están sufriendo un trato inhumano a causa de su identidad de género. Estados Unidos tiene el mayor sistema de detención por motivos de inmigración que hay en el mundo, con una población media diaria de casi 40.000 inmigrantes y solicitantes de asilo en más de 200 centros de detención de inmigración a principios de 2020. Estas personas detenidas que están atrapadas en los centros de detención de inmigración estadounidenses corren grave peligro de que se produzca un brote letal de COVID-19, mientras la cifra de casos confirmados crece exponencialmente en Estados Unidos.

Amnistía Internacional ha recibido testimonios creíbles, coincidentes y preocupantes de personas detenidas en peligrosas condiciones en los centros de detención de inmigración del ICE, donde quienes viven con VIH y otras patologías previas corren mayor peligro de contraer COVID-19 y morir.

Las autoridades del DHS y quienes gestionan los centros del ICE no han adoptado medidas de protección adecuadas, como proporcionar jabón y desinfectante a las personas detenidas, facilitar la distancia física con arreglo a las directrices de los CDC y las normas internacionales y proporcionar atención médica adecuada y receptiva a quienes muestran síntomas de COVID-19.

Para frenar urgentemente la propagación de la COVID-19, e impedir que se produzcan miles de muertes evitables, el ICE debe reducir al mínimo absoluto —y lo antes posible— el número de personas recluidas en sus centros de detención de inmigración. Con carácter prioritario, el ICE debe ofrecer alternativas a la detención y conceder permisos humanitarios a las personas detenidas de mayor edad, las que tienen patologías previas y las que corren mayor peligro de sufrir daños irreversibles si contraen la COVID-19. Todas las familias deben quedar inmediatamente en libertad, ya que la detención de niños y niñas por su condición de inmigrantes jamás redunda en su interés superior, y tampoco la separación de sus progenitores o de las personas que los cuidan o tutelan.

La detención de solicitantes de asilo sólo debe ser un último recurso, cuando otras alternativas que no impliquen privación de libertad hayan resultado o se hayan considerado insuficientes en el caso de la persona en cuestión. Según el relator especial de la ONU sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, la detención de solicitantes de asilo basada exclusivamente en su condición de inmigrantes puede constituir rápidamente, “cuando no de forma inmediata”, malos tratos contra personas en situaciones de mayor vulnerabilidad, incluyendo específicamente a las mujeres, las personas ancianas, las personas con enfermedades o las personas que pertenecen a minorías sociales, incluidas las LGBTI.

En virtud del derecho internacional, el gobierno estadounidense tiene la obligación de garantizar que los derechos humanos de las personas migrantes y solicitantes de asilo se respetan, se protegen y se hacen efectivos. En su informe de julio de 2017 sobre una visita a Estados Unidos, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria manifestó que: “la detención preceptiva de inmigrantes, especialmente solicitantes de asilo, es contraria a las normas internacionales de derechos humanos y relativas a los refugiados [...]. El Grupo de Trabajo ha observado que el actual sistema de detención de inmigrantes y solicitantes de asilo es, en muchos casos, punitivo, irrazonablemente largo, innecesario y costoso, cuando existen soluciones alternativas basadas en la comunidad, […] no basadas en una evaluación individual de la necesidad y la proporcionalidad de la detención, llevada a cabo en condiciones degradantes, y que disuade de presentar solicitudes de asilo legítimas”.

Asimismo, el gobierno de Estados Unidos está obligado a no devolver a personas a una situación en la que puedan correr peligro de tortura u otros abusos graves contra los derechos humanos: lo que se conoce como el principio de no devolución (non-refoulement). Esas salvaguardias son imperativas para proteger a las personas refugiadas que huyen de la violencia y la persecución.

 


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