Rechazamos la iniciativa para negar el acceso a abortos legales en Rafaela, Santa Fe – Amnistía Internacional Argentina | Defendemos los derechos humanos

Rechazamos la iniciativa para negar el acceso a abortos legales en Rafaela, Santa Fe




Un grupo de organizaciones de la sociedad civil manifestaron su repudio ante la iniciativa de un grupo autodenominado "Rafaelinos por la vida" quienes presentaron un proyecto de ordenanza para impedir el acceso al aborto legal en la Ciudad de Rafaela, Santa Fe. Las organizaciones también enviaron cartas a las concejalas de la municipalidad alertando sobre el serio retroceso que implica en materia de derechos de las mujeres un proyecto de esta categoría.

A continucación, el comunicado firmado por ELA, Cedes, Redaas, Aministía Internacional Argentina, CELS, Católicas por el Derecho a Decidir, Fundación Mujeres X Mujeres, Fundeps e Insgenar.

Rechazamos la iniciativa para negar el acceso a abortos legales en Rafaela, Santa Fe

El grupo autodenominado “Rafaelinos por la vida” presentó un proyecto de ordenanza para impedir que las mujeres puedan acceder a un aborto legal en la Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. El proyecto será tratado esta noche en el Concejo Municipal. Las organizaciones de derechos humanos y defensa de los derechos y la salud de las mujeres, instamos al Concejo de Rafaela a honrar la Constitución y rechazar este proyecto.

(19 de diciembre de 2018).- Desde ELA, CEDES, REDAAS, CELS, CDD, Mujeres X Mujeres, Amnistía Internacional Argentina, FUNDEPS e INSGENAR rechazamos el “Proyecto de ordenanza de protección integral de la mujer embarazada en situación de vulnerabilidad y del niño por nacer” presentado por un grupo de oposición que será tratado hoy en el Concejo Municipal de la Ciudad Rafaela, Santa Fe.

El proyecto desconoce nuestro ordenamiento jurídico de manera flagrante. Desde 1921, el aborto está parcialmente despenalizado en Argentina en casos de peligro para la vida o la salud de la mujer y en casos de embarazo producto de violación. En el fallo “F., A. L.”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que las mujeres tienen derecho a interrumpir un embarazo en estos casos y que el Estado (a nivel Nacional, Provincial y Municipal) tiene la obligación de garantizarlo. Así, afirmó no solo que garantizar el acceso al aborto en los casos previstos en el Código Penal es respetuoso de nuestro ordenamiento jurídico sino que, por el contrario, el Estado (y sus funcionarios/as) incurren en responsabilidad si no se garantizan los mecanismos para hacerlo.

En el caso “L.M.R. c. Argentina”, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas encontró al Estado argentino responsable por las violaciones a los derechos humanos de una joven al negarle el acceso a un aborto legal y seguro. Por esta razón, resolvió que el Estado argentino tenía la obligación de proporcionar a L.M.R. medidas de reparación que incluyan una indemnización adecuada y de tomar medidas para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro.

La iniciativa a tratarse en el día de la fecha evidencia un absoluto desconocimiento de las normas que rigen tanto a nivel nacional como internacional. También supone ignorar de manera evidente el principio republicano de gobierno y la jerarquía normativa que de él se desprende. Las provincias o los municipios no pueden modificar los códigos penales y civiles como tampoco pueden dictar normas en clara oposición a los mismos.

El Municipio de Rafaela no solo no puede prohibir el acceso a los abortos contemplados en nuestras leyes sino que tampoco podría incluir requisitos médico-burocráticos para acceder a la práctica, que operan como barreras de acceso. En el mencionado caso “F., A.L.”, nuestra Corte Suprema sostuvo que las autoridades nacionales, provinciales y municipales deben remover todas las barreras administrativas o fácticas para el acceso a los abortos legales. Así, deben evitar procedimientos administrativos o períodos de espera que retrasen innecesariamente la atención y eliminar requisitos que no estén médicamente indicados.

Por su parte, la provincia de Santa Fe adhirió al protocolo nacional a través de la Resolución N°612/2012.  Por lo tanto, de avanzar esta iniciativa, el municipio de Rafaela no solo desconocería el ordenamiento jurídico nacional en materia de acceso a abortos legales sino también el provincial.

Si bien proyectos como el presentado en Rafaela carecen de todo valor jurídico, repudiamos la posibilidad de que los poderes del Estado convaliden el uso de estas estrategias por parte de grupos de oposición a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Estas estrategias, que buscan generar confusión en la población y restringir el ámbito de libertad de las mujeres, no deben prosperar. Un intento similar fue desarticulado en la provincia de Tucumán en forma reciente gracias al masivo apoyo de las organizaciones y referentes de derechos humanos y por la igualdad de género*.

Estrategias como la intentada buscan confundir a la ciudadanía, retroceder 100 años en la garantía de los derechos humanos y echar un manto de oscuridad sobre las normas que regulan el acceso al aborto en Argentina. Todo el proceso de discusión legislativa sobre la modificación de la regulación del aborto de este año expuso el marco legal vigente cuya aplicación defenderemos de acuerdo con los estándares nacionales e internacionales. Sobre eso no habrá retrocesos.

* Comunicado por el Proyecto de Tucumán en contra de ILE disponible en http://mujeresxmujeres.org.ar/comunicado-por-el-proyecto-de-tucuman-en-contra-de-ile-1-1/


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