Luego de un proceso de consulta con diversos actores y organizaciones, el Ministerio de Seguridad de la Nación aprobó un nuevo protocolo para la prevención policial del delito con uso de fuentes digitales abiertas a través de la resolución 144/2020, publicada en el Boletín Oficial. El protocolo, vigente durante el período de la emergencia sanitaria, establece principios, criterios y directrices generales para las actuaciones de prevención del delito que desarrollan los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad mediante el uso de fuentes digitales abiertas.
El nuevo protocolo aprobado incorpora muchas de las recomendaciones sugeridas por la sociedad civil como por ejemplo principios de transparencia y rendición de cuentas, así como la responsabilidad por uso abusivo y violatorio de las tareas de investigación. También establece que la capacitación y formación a las personas encargadas de estas tareas incluyan perspectiva de derechos humanos.
Sin embargo, la guía aprobada aún autoriza a las fuerzas de seguridad a realizar actividades de investigación preliminar o prevención de delitos en lugar de restringirlas a casos en los que existe un marco judicial aplicable a una investigación concreta. Este tipo de actividad generalizada de vigilancia puede afectar el derecho a la privacidad y a la libertad de expresión. Por esta razón, la investigación en fuentes abiertas debería aplicarse en situaciones muy excepcionales, con el debido marco legal, y con un amplio debate parlamentario con participación social.
“Desde Amnistía Internacional valoramos el proceso de diálogo y participación abierto por el Estado para construir en conjunto este protocolo. En tiempos de emergencia sanitaria, especialmente, es importante que la perspectiva de los derechos humanos guíe las políticas públicas. Como normativa que busca incrementar los poderes de vigilancia, los principios, criterios y directrices deben ser establecidos con el mayor grado de precisión posible, de modo a evitar que éstos queden supeditados a discrecionalidad de funcionarios públicos o miembros de fuerzas de seguridad”, afirmó Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
La tecnología puede y debe desempeñar un papel importante durante este esfuerzo para salvar vidas. Sin embargo, en este marco de excepcionalidad y conforme lo establece el derecho internacional, es esencial que las medidas restrictivas de derechos que se adopten en un estado de emergencia sean necesarias, legítimas y proporcionales.
Proceso de diálogo
Luego de los primeros anuncios de parte de la Ministra de Seguridad sobre el empleo de tareas de “ciberpatrullaje” por las fuerzas armadas, Amnistía Internacional presentó una declaración expresando su preocupación y pidió que el Estado abriera una instancia de diálogo sobre el tema. En abril, el Ministerio de Seguridad convocó una reunión para abrir un proceso consultivo respecto el proyecto original del protocolo. Amnistía Internacional participó de esta instancia y el 21 de abril presentó sus recomendaciones.
Amnistía Internacional celebra la apertura al diálogo. Además, con el objetivo de poder colaborar en la mejora de este tipo de políticas vinculadas con la privacidad, llama al Ministerio de Seguridad a restringir las medidas de investigación por fuentes digitales abiertas solo a monitoreos que sean estrictamente necesarios para el control de la pandemia del COVID-19 y recuerda la importancia de respetar los estándares internacionales de protección de derechos humanos. Finalmente, la decisión sobre la implementación y el alcance de este tipo de tareas de investigación debe ser sometida al Congreso Nacional a través de un proyecto de ley, incluyendo un debate con la participación de expertos técnicos y jurídicos, organismos estatales relevantes y organizaciones de la sociedad civil.