Según un anuncio publicado hoy en la
cuenta de Twitter de la Comisión de Derechos Humanos de
Arabia Saudí, el Ministerio Público del país ha ordenado una
revisión de la condena a muerte impuesta a tres jóvenes que eran menores de edad en el momento de su detención y que corrían riesgo inminente de ejecución.
Ali al Nimr, Abdullah al Zaher y Dawood al Marhoun, tres jóvenes activistas chiíes, fueron detenidos en 2012, cuando eran unos adolescentes, y acusados de delitos relacionados con su participación en protestas contra el gobierno en la Provincia Oriental de Arabia Saudí.
En respuesta a la noticia, Philip Luther, director de Investigación y Trabajo de Incidencia de Amnistía Internacional para Oriente Medio y Norte de África, ha declarado:
“El anuncio de la revisión de la pena de muerte impuesta a estos tres jóvenes es un paso hacia la justicia significativo y largo tiempo esperado. Pedimos a las autoridades saudíes que garanticen que, de celebrarse un nuevo juicio, éste se lleva a cabo con imparcialidad, transparencia y apertura, y con acceso a asistencia letrada. Las autoridades deben asimismo garantizar que no se utilizan en las actuaciones que se siguen contra los jóvenes las confesiones obtenidas de ellos mediante tortura .
“Es crucial que los jóvenes no sean sometidos de nuevo a un juicio lleno de irregularidades ante el Tribunal Penal Especializado, establecido para juzgar a personas acusadas de delitos de terrorismo. Por el contrario, las autoridades deben asegurarse de que cualquier nuevo juicio se celebra en un tribunal ordinario.
“El país continúa usando la pena de muerte para diversos delitos, y
el año pasado, se ejecutó a la escalofriante cifra de 184 personas. El anuncio de que se va a revisar la pena de muerte impuesta a estos jóvenes no debe utilizarse como un intento de lavar la imagen del país ante la comunidad internacional y antes de acoger en Riad la celebración de la Cumbre del G20 en noviembre.
“Pedimos a las autoridades saudíes que declaren una moratoria oficial de las ejecuciones como primer paso para abolir totalmente la pena de muerte”.
Información complementaria
Según la información recibida por Amnistía Internacional, las familias de los reclusos han sabido de la revisión de las condenas a muerte de sus seres queridos por las noticias, pues las autoridades no se lo habían notificado oficialmente.
Cuando fueron detenidos, Ali al Nimr, Abdullah al Zaher y Dawood al Marhoun tenían 17, 16 y 17 años, respectivamente. Antes de cumplir 18 años, estuvieron recluidos en un centro de rehabilitación de menores, lo que indica que las autoridades reconocían que eran menores de edad en ese momento.
El 27 de mayo de 2014, el Tribunal Penal Especializado de Riad condenó a muerte a Ali al Nimr por delitos como participar en protestas contra el gobierno, atacar a las fuerzas de seguridad, estar en posesión de una ametralladora y cometer un robo a mano armada. Abdullah al Zaher y Dawood al Marhoon fueron asimismo condenados a muerte por el mismo tribunal en octubre de 2014 por una lista de cargos similares. En los tres casos, la sentencia del Tribunal Penal Especializado parece haberse basado en “confesiones” que, según los jóvenes, se obtuvieron mediante tortura y otros malos tratos.
Ali al Nimr dijo que, durante los interrogatorios por funcionarios de la prisión de la Dirección General de Investigaciones (GDI o Al Mabahith) del Ministerio del Interior, cuatro funcionarios que le pegaron,
le propinaron patadas y le infligieron otros malos tratos lo obligaron a firmar unas declaraciones que no le permitieron leer y que le hicieron creer que eran órdenes de libertad. En lugar de ordenar una investigación inmediata sobre las denuncias de Ali al Nimr, el juez dijo que había pedido al Ministerio del Interior que investigara la denuncia de tortura realizada contra miembros de sus propias fuerzas de seguridad. No se tiene constancia de que se llevase a cabo investigación alguna, pese a lo cual el juez procedió a dictar sentencia condenatoria y condenar a muerte a Ali al Nimr basándose exclusivamente en su “confesión”.
En abril, Amnistía Internacional obtuvo información sobre un Real Decreto que anunciaba que se iba a dejar de usar la pena de muerte contra personas menores de 18 años de edad en el momento del delito, con carácter discrecional en casos no relacionados con la legislación antiterrorista. El anuncio siguió a la promulgación de la Ley de Menores en 2018, que prohibió a los jueces la imposición de la pena de muerte opcional a menores de 15 años. Sin embargo, no excluía la posibilidad de condenar a muerte a menores declarados culpables de delitos
hadd (castigados con duras penas fijas por la ley islámica) ni para los delitos en los que se podía aplicar el principio de
qesas (represalia), por el que la ley islámica permite castigar el asesinato y las lesiones físicas con una pena equivalente, es decir, la muerte para el asesinato y la misma lesión para las lesiones físicas. Por tanto, esta ley incumplía las obligaciones contraídas por Arabia Saudí en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño. El anuncio, que representó un paso adelante respecto de la Ley de Menores, debe ir seguido aún de unas normas de aplicación claras que no excluyan a ningún menor de la reforma.
Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos sin excepción, con independencia de la naturaleza del delito, las características de la persona condenada o el método de ejecución utilizado por el Estado para ejecutarla. La pena capital viola el derecho a la vida, proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos.