“Luego de llevar a cabo la aprobación de una nueva Constitución sin consultar a la población y sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos originarios, hemos encontrado que la policía de la provincia de Jujuy respondió con uso de la fuerza indiscriminada en contra de quienes protestaban por sus derechos”, dijo Ana Piquer, directora para las Américas de Amnistía Internacional. “Nuestra investigación apunta a cómo las autoridades provinciales han forjado un ambiente hostil para que la población jujeña ejerza su derecho a protestar pacíficamente”.
Del 25 a 29 de septiembre una delegación de Amnistía Internacional visitó la ciudad de San Salvador de Jujuy y los departamentos de Tumbaya, Cochinoca, Humahuaca y Susques en la provincia de Jujuy. La organización entrevistó al menos a 107 víctimas y testigos, incluyendo integrantes de más de 15 comunidades indígenas, abogados y abogadas, organizaciones de derechos humanos, al fiscal general del Ministerio Público de la Acusación, Sergio Lello Sánchez, y representantes del Ministerio de Seguridad provincial. Además, se solicitó reunión con la Secretaría de Derechos Humanos y la Secretaría de Pueblos Indígenas de Jujuy, las cuales aún no se pudieron concretar.
La organización comparte sus hallazgos preliminares que anticipan el informe que elaborará y presentará a las autoridades, comunidades y sociedad en general.
Lesiones físicas y dificultad de obtención de atención médica
Amnistía Internacional constató el uso innecesario y excesivo de la fuerza, incluyendo el empleo de gas lacrimógeno y balas de goma en protestas, lo que resultó en múltiples casos de lesiones de quienes participaron en la protesta.
Tanto los testimonios compartidos con la delegación como los registros audiovisuales analizados por el equipo de verificación digital de Amnistía Internacional demuestran que la policía disparó balas de goma directamente a la cabeza de las personas que se manifestaban.
De hecho, entre los testimonios recibidos por la organización, de personas con lesiones por el impacto de esta arma, dos de ellas resultaron con lesiones oculares permanentes, incluido un adolescente que recibió disparos de balas de goma en el rostro y en el torso. Bajo el derecho internacional de los derechos humanos, los disparos de balas de goma hacia la cabeza o la parte superior del cuerpo están prohibidos. Además, estos proyectiles deben ser utilizados únicamente para apuntar a una persona en concreto involucrada en actos de violencia y sólo cuando otros medios menos extremos sean insuficientes.
Gran parte de los testimonios recabados por la organización dan cuenta de la presencia de funcionarios de las fuerzas de seguridad que intervinieron en el control de las protestas en vehículos particulares, sin identificación o que se rehusaron a identificarse al ser interpelados por las personas que se manifestaban. Asimismo, muchos relatos apuntan a la presencia de funcionarios estatales no uniformados que habrían agredido a los manifestantes con golpes y piedras.
Muchas de las víctimas entrevistadas por Amnistía Internacional que sufrieron lesiones físicas relataron haber encontrado resistencia y hasta la negación a la atención médica en más de un hospital público en la provincia. Tal como lo señalan los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego, las autoridades tienen la obligación de brindar asistencia y servicios médicos a las personas heridas lo antes posible.
Detenciones arbitrarias, persecución penal y contravencional
Amnistía Internacional también escuchó múltiples relatos de detenciones a personas por el solo hecho de participar en las manifestaciones, lo que configura una medida arbitraria de privación de la libertad.
Por ejemplo, durante las protestas realizadas en San Salvador de Jujuy el 20 de junio, más de 70 personas fueron privadas de su libertad. Sin embargo, según información del Ministerio Público de Acusación, solamente “dos o tres” de ellas están siendo investigadas por supuestos hechos de violencia cometidos durante las manifestaciones, mientras las demás fueron liberadas sin ningún cargo.
Asimismo, durante las protestas masivas en la localidad de Purmamarca el 17 de junio, muchas personas fueron detenidas sin haber recibido ninguna justificación de parte de la policía, incluyendo un adolescente de 17 años quien fue llevado a un centro de detención aun después de haber aclarado a las autoridades que era menor de edad. Una mujer detenida arbitrariamente también en Purmamarca relató haber sido obligada a desnudarse totalmente delante de un grupo de policías varones.
Por otro lado, se ha constatado el uso generalizado del Código Contravencional provincial para intimidar y sancionar injustificadamente a los manifestantes. La utilización de este instrumento, que regula faltas menores y cuya aplicación se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Seguridad de la provincia, ha sido otra forma de criminalización de las protestas en Jujuy. Diversas personas entrevistadas relataron haber recibido notificaciones de supuestas contravenciones en sus casas o en las calles por el simple hecho de haber participado de forma pacífica en una manifestación o haber brindado alimentos o bebidas a quienes se manifestaban. Estos procesos contravencionales son iniciados y procesados por personal del Ministerio de Seguridad, muchas veces en ausencia de la persona acusada, pese a que pueden resultar en multas onerosas o incluso la privación de la libertad. En muchos casos se ha documentado que por los mismos hechos se investiga a la misma persona penalmente también, afectando la garantía de prohibición de doble juzgamiento.
A su vez, según información brindada por el Ministerio de Seguridad, 180 policías habrían resultado heridos durante las protestas en Jujuy, hechos que están siendo investigados por las autoridades. En cambio, se ha constatado una falta de proactividad de las autoridades para investigar los posibles abusos cometidos por agentes de seguridad durante las manifestaciones. En este sentido, los testimonios relevados dan cuenta del miedo por parte de víctimas a presentar las denuncias, por temor a ser perseguidos por su participación en las protestas.
“Resulta inadmisible que, haciendo uso del legítimo ejercicio de sus derechos humanos para reclamar a las autoridades por la falta de consulta previa a un instrumento tan central como la Constitución provincial, las comunidades originarias hayan sido víctimas de violencia, abusos y detenciones arbitrarias. En sus testimonios, jóvenes, mujeres y lideres indígenas transmitieron la importancia que le dan a la gestión de los recursos naturales en su cosmovisión y formas de subsistencia y cómo el haber sido excluidos de su derecho a participar en las reformas impuestas les empujaron a salir a las calles a protestar como herramienta para hacerse escuchar. Estas personas luchan por su vida en un contexto de exclusión absoluta y las autoridades deben respetar sus derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica”, señaló Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
“El pueblo de Jujuy tiene el derecho a reunirse pacíficamente y a expresarse libremente, así como de ser informado y participar de medidas que afecten sus derechos. Las autoridades de la provincia deben garantizar estos derechos e investigar de manera pronta, exhaustiva, independiente e imparcial las violaciones de derechos humanos cometidas en el marco de las protestas.”
Información adicional: El contexto de protestas en Jujuy
El 16 de junio de 2023, la Convención Constituyente de Jujuy aprobó una reforma parcial de la Constitución provincial sin participación social y sin el consentimiento previo, libre e informado de las poblaciones indígenas.
A partir de dicha reforma, se desataron protestas en toda la provincia de Jujuy en el marco de las cuales tuvieron lugar numerosas violaciones a derechos humanos debido a la represión policial en diferentes puntos de la provincia.
Entre los temas que han levantado preocupación a la población se encuentran:
- La restricción a formas de manifestación pública
- Cuestiones de materia ambiental, incluyendo el régimen de aguas y de exploración o explotación ambiental
- Ejercicio de consulta y participación y de propiedad territorial de los pueblos originarios.