El caso de Lucas “Cachi” González
Ayer se dio a conocer el asesinato de Lucas González, de 17 años, baleado por efectivos de la Policía de la Ciudad en el barrio de Barracas. Según relata su familia, Lucas y sus amigos habían ido a entrenar. Luego de la práctica deportiva, iban en auto y, tras detenerse en un quiosco, fueron interceptados. Como los policías no estaban identificados y viajaban en un vehículo particular, pensaron que se trataba de un robo. Quisieron escapar y los agentes les dispararon.
“El caso de Lucas González conmueve y duele, esta violencia extrema no puede repetirse. Debe avanzarse en una investigación urgente y efectiva sobre los hechos y las responsabilidades del caso, pero no basta. La repetición de hechos de violencia policial exige de todas las jurisdicciones del país un compromiso serio, efectivo y definitivo para garantizar que no tendremos otro caso como el de Lucas”, señaló Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional.
Los estándares internacionales sobre uso de la fuerza y armas de fuego
De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, todo uso de la fuerza por agentes de seguridad debe ser excepcional y utilizado como último recurso; debe cumplir las obligaciones internacionales contraídas por el Estado en materia de derechos humanos, en especial la de respetar y proteger el derecho a la vida, a la integridad física, a la dignidad y a la seguridad de la persona.
Se deben respetar 4 requisitos básicos:
- Principio de legalidad: la facultad policial de usar la fuerza debe estar suficientemente fundamentada y al servicio de un objetivo legítimo preestablecido normativamente.
- Principio de necesidad: las fuerzas deben utilizar en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de fuego.
- Principio de proporcionalidad: cuando el uso de la fuerza sea inevitable, los agentes de seguridad deben actuar con moderación y en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga. En suma, este principio significa que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sólo están autorizados a poner en peligro una vida si es con el fin de salvar o proteger a otras.
- Rendición de cuentas: el control y la rendición de cuentas es un requisito indispensable para desalentar la institucionalización del abuso de la fuerza y la impunidad y, así generar mayores niveles de confianza.
En cuanto al uso de armas de fuego, los estándares internacionales disponen que las fuerzas policiales sólo podrán hacer uso de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida. Y, además, antes de utilizarlas, los agentes deben identificarse como tales y dar una clara advertencia de su intención de emplearlas.
Específicamente respecto a las normas que rigen para la Ciudad de Buenos Aires, la ley 5.688 del Sistema Integral de Seguridad Pública incorpora estos principios internacionales y en su artículo 97 dispone que para hacer uso de la fuerza directa “el personal policial deberá identificarse y dar una previa advertencia, salvo cuando ello pusiera en peligro a las personas protegidas o al funcionario del servicio, se creara un riesgo para su vida o la de otras personas, o resultara inadecuado o inútil dadas las circunstancias del caso”.
Amnistía Internacional reclama al Estado una investigación urgente e imparcial sobre los hechos de violencia policial que culminaron en el asesinato de Lucas. Además, destaca la importancia de contar con robustos sistemas de supervisión y control sobre los operativos o brigadas de civil llevados adelante por la policía en la Ciudad. Finalmente, la organización reitera la imperiosa necesidad de la implementación de medidas estructurales dado que este tipo de casos no son hechos aislados en la República Argentina.
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