A cuatro años de la respuesta represiva de las policías a las movilizaciones sociales, las víctimas aún no consiguen una reparación integral, la reforma estructural a Carabineros no avanza, y la impunidad persiste en el país, dijo Amnistía Internacional en el aniversario del estallido social en Chile.
“La reforma a Carabineros es la medida de garantía de no repetición por excelencia que debe asumir el Estado. Las víctimas y la sociedad en su conjunto deben saber que las autoridades están actuando para que los crímenes perpetrados durante el estallido social no se repitan. Lamentablemente a esta altura existen más dudas que certezas respecto al compromiso del gobierno en esta materia. Es urgente que se entienda la necesidad de que la reforma a Carabineros avance, sea profunda y estructural”, menciona Rodrigo Bustos, director ejecutivo de Amnistía Internacional Chile.
Si bien el gobierno de Gabriel Boric ha presentado algunos proyectos relacionados con las labores policiales, como el que busca regular el uso de la fuerza en la mantención del orden público y de la seguridad pública al interior del país, la reforma estructural a Carabineros ha quedado prácticamente rezagada. Amnistía Internacional ha advertido en diferentes ocasiones que la naturaleza militar y la estructura orgánica de la institución constituyen importantes limitaciones a la hora del desempeño de sus funciones, lo cual se vio reflejado en las violaciones a derechos humanos cometidas de manera generalizada durante las movilizaciones sociales de 2019.
A cuatro años de la crisis social en Chile, que dejó personas muertas, heridas y mutiladas debido al uso desproporcionado de la fuerza por parte de Carabineros, Amnistía Internacional presenta hoy un nuevo informe titulado
Reformar para avanzar. Recomendaciones para la reforma de Carabineros desde una perspectiva de derechos humanos. Allí se explica la necesidad de adoptar una reforma profunda de la institución de Carabineros a través de cambios a nivel normativo y cultural. El correcto cumplimiento de la labor policial favorece la seguridad de las personas y el bienestar social, por lo que no hay razones para que las entidades a cargo no prioricen debidamente una reforma tan urgente como necesaria.
Con respecto a la reparación a las víctimas de violaciones a derechos humanos cometidas durante el estallido social, las medidas que ha adoptado el Estado han sido limitadas y no ha existido una política de reparación integral como corresponde. Amnistía Internacional llama al Estado a diseñar una política pública de reparación integral basada en los estándares internacionales sobre la materia y que disponga medidas adecuadas para garantizar su implementación y continuidad. Además, debe estar cubierta por el presupuesto nacional y contar con mecanismos genuinos, transparentes y públicos de participación de las víctimas.
“Sin duda, el escenario es más desolador que el de años anteriores, pues tan solo el 0,2% de víctimas de violaciones a los derechos humanos, de las 1.056 denuncias presentadas, han conseguido justicia. Las 27 condenas que existen son un número ínfimo que preocupa. Además, nos encontramos ante una cuenta regresiva respecto a la prescripción de casos relacionados con la brutalidad policial, pues lo que implica que una parte importante de los casos no se podrá seguir investigando al cumplirse cinco años desde los hechos. En efecto, de acuerdo al derecho interno, el período de cinco años puede ser utilizado por el Estado para evitar la rendición de cuentas penal de sus agentes en la mayoría de los casos, lo que Amnistía Internacional sin duda rechaza”, menciona Rodrigo Bustos.
La crueldad de los casos de violencia estatal fue documentada por Amnistía Internacional en su informe
Ojos sobre Chile. Violencia policial y responsabilidad de mandos durante el estallido social, el cual señala que los medios y técnicas instauradas por los mandos de Carabineros dieron lugar a la violación generalizada del derecho a la integridad personal. Sin embargo, a la fecha ningún alto mando de Carabineros ha sido imputado por su presunta responsabilidad.
La responsabilidad de los mandos de Carabineros se sustenta en el cumplimiento de tres supuestos que el derecho internacional de los derechos humanos dispone. En primer lugar, hubo múltiples fuentes por las cuales los mandos sabían o deberían haber sabido que se estaban produciendo violaciones de derechos humanos bajo su mando. Es decir, estas personas conocían de la violencia policial. En segundo lugar, los mandos de Carabineros mantuvieron un control efectivo sobre las unidades dentro de la institución. Es decir, tenían la capacidad de prevenir abusos, pero no lo hicieron. Y en tercer lugar, los mandos no tomaron las medidas suficientes para prevenir abusos, en concreto en lo relativo al uso de munición lesiva, la falta de protocolos operativos adecuados, los planes operativos inalterados, las órdenes imprecisas y la ausencia de sanciones.
“Ha llegado el momento de que la Fiscalía decida si existen méritos para imputar a los altos mandos por sus acciones y omisiones en la gestión del estallido social. El inicio de un proceso penal es clave para garantizar la plena rendición de cuentas, y a cuatro años del estallido social es importante romper el manto de impunidad y actuar a favor de la justicia”, concluye Rodrigo Bustos.
Para más información o concertar una entrevista, pónganse en contacto con:
Duncan Tucker (Amnistía Internacional Américas): +52 55 4848 8266,
duncan.tucker@amnesty.org
Ilsen Jara (Amnistía Internacional Chile): +569 6427 8411,
ilsen.jara@amnistia.cl
Más información:
Reformar para avanzar. Recomendaciones para la reforma de Carabineros desde una perspectiva de derechos humanos (Investigación, 16 de octubre de 2023)
https://www.amnesty.org/es/documents/amr22/7310/2023/es/
Chile: Responsabilidad penal por omisión de los mandos con ocasión de los crímenes cometidos durante el estallido social
https://www.amnesty.org/es/documents/amr22/4851/2021/es/
Ojos sobre Chile: Violencia policial y responsabilidad de mandos durante el estallido social (Investigación, 14 de octubre de 2020)
https://www.amnesty.org/es/documents/amr22/3133/2020/es/