¿Cómo es la situación del aborto legal en la Ciudad?
A continuación, un breve recorrido histórico:
Marzo de 2012: la Corte Suprema de Justicia emitió el fallo “F.A.L” y encomendó a la Nación y las provincias la implementación de protocolos “para la concreta atención de los abortos no punibles” con el objetivo de remover las barreras de acceso a los abortos que son legales según el Código Penal.
Septiembre de 2012: quien era el ministro de Salud porteño, Jorge Lemus, firmó un protocolo (resolución 1252/2012) de aborto no punible más restrictivo que lo planteado por la Corte Suprema.
27 de septiembre de 2012: la Legislatura porteña aprobó la ley 4.318, que regulaba “el procedimiento para la atención integral de los abortos no punibles”, que se adecuaba al fallo F.A.L.
Octubre de 2012: el entonces jefe de Gobierno, Mauricio Macri, vetó a través del decreto 504 la ley 4.318 que había sido aprobada por la Legislatura y volvió a poner en vigencia el protocolo restrictivo firmado por Lemus (resolución 1252/2012)
2013: organizaciones de la sociedad civil (ADC, CELS, ELA y REDI) y la legisladora María Rachid junto con el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentaron respectivamente acciones de amparo ante la máxima autoridad judicial de la Ciudad cuestionando la Resolución.
El Poder Judicial de la Ciudad dictó dos medidas cautelares que suspendieron los requisitos restrictivos que incorporaba la Resolución.
2018: seis años después, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad rechazó la acción presentada por las organizaciones y sugirió que la demanda sea presentada bajo otra figura legal.
Julio de 2019: atendiendo la sugerencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, Amnistía Internacional presentó entonces una acción declarativa de inconstitucionalidad del protocolo restrictivo de derechos (resolución 1252/12).