Comunicado conjunto
De forma intempestiva y arbitraria, el juez Pablo Pullen Llermanos ordenó el traslado inmediato de Milagro Sala a una cárcel federal en la provincia de Salta, en horas de la madrugada. Esta acción constituye un ostensible incumplimiento de las medidas provisionales dictadas por la Corte IDH y ratificadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
En noviembre de 2017, la Corte Interamericana ordenó que Milagro Sala estuviera sujeta a un régimen de arresto domiciliario en su residencia habitual, u otra medida menos restrictiva, porque consideraba que su encarcelamiento generaba un riesgo para su vida e integridad. A pesar de ello, solo tras la intervención de la CSJN fue que el juez Pullen Llermanos dispuso su realojamiento en el mismo lugar que la Comisión Interamericana ya había indicado como inadecuado. Además, impuso una serie de condiciones de alojamiento excepcionales que evidencian una animadversión contra Milagro Sala.
Es decir, el Estado provincial de Jujuy en ningún momento cumplió de formal cabal con las medidas provisionales dictadas por la Corte IDH. El Estado nacional, por su parte, desconoció su rol de garante de las decisiones del sistema interamericano. Ahora, al permitir el alojamiento de Milagro Sala en una unidad del Sistema Penitenciario Federal (SPF), dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, las autoridades federales avalan el accionar de la provincia.
Cuando Pullen Llermanos ordenó el traslado de Milagro Sala a la cárcel federal, sostuvo que su salud estaba en riesgo junto con la celeridad de los procesos judiciales en su contra. Pero en ningún momento consultó con el equipo médico que venía evaluando su estado de salud. Al contrario, el 2 de agosto, cuando Milagro Sala se encontraba internada después de haberse desvanecido en el domicilio donde estaba detenida, no permitió ni siquiera que su equipo médico ingresara al hospital para verla. Incluso cuando Sala manifestó intenciones de autolesionarse. Ya en su resolución de noviembre pasado, la Corte IDH advirtió que Sala atravesaba “una grave crisis psicológica” y que se había autolesionado dos veces. Precisamente por eso ordenó que se buscaran alternativas a su encarcelamiento.
Para justificar el traslado de Milagro Sala a la cárcel federal, el juez Pullen Llermanos argumentó que su salud ya no se podía garantizar donde estaba detenida, ni en una penitenciaria de la provincia de Jujuy. Pero nunca explicó por qué la cárcel federal sí tendría las condiciones adecuadas. De hecho, como advertimos a la Corte Interamericana, el sistema federal registró el año pasado un preocupante record de fallecimientos por suicidios.
La decisión del juez desconoce absolutamente las decisiones de la Corte IDH y de la Comisión Interamericana que exigieron una detención domiciliaria en su residencia habitual, o incluso una medida menos lesiva.
Por todas estas razones, denunciamos el permanente incumplimiento por parte del Estado argentino de las medidas provisionales dictadas por la Corte IDH, con el agravamiento de los últimos hechos. El Estado argentino tiene hasta el 16 de agosto para responder a los escritos que enviamos al máximo tribunal regional el 7 y el 10 de agosto.
Amnistía Internacional
Andhes
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)