Tenemos Derechos
Estrategias para exigir el aborto legal en todo el país
Hoy, en el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, presentamos la campaña Tenemos Derechos. Estrategias para el aborto legal en la Argentina. Desde Amnistía Internacional Argentina, Católicas por el Derechos a Decidir, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) entendemos que las acciones a favor del aborto legal se enmarcan dentro de las luchas contra la violencia de género. El objetivo de la campaña es lograr la implementación efectiva del derecho al aborto en los casos permitidos por la ley desde 1921, es decir, cuando el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer o cuando es resultado de una violación.
En 2015 se cumplieron tres años del fallo “F.A.L.” que obligó al Estado nacional, a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a implementar y hacer operativos protocolos hospitalarios para remover todas las barreras que limitan el acceso a los servicios médicos y estableció diversas pautas que los protocolos deben contemplar. A pesar del tiempo transcurrido, sólo ocho provincias poseen protocolos que respetan lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Otras ocho dictaron guías para la atención de abortos no punibles que dificultan el acceso a la interrupción del embarazo y el resto de las provincias no dictó protocolo alguno.
La falta de acceso al aborto legal en condiciones de igualdad, dignidad y seguridad es una práctica discriminatoria que vulnera los derechos humanos de mujeres, personas trans, niñas y adolescentes a la salud, a la vida, a la integridad física y moral, a no ser sometida a tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes y las expone a ser víctimas de violencia institucional. La inaccesibilidad al aborto legal, además, las empuja a recurrir a métodos de aborto inseguros y riesgosos para sus vidas, que derivan, en muchos casos, en muertes o en la afectación de su salud. Algunas causas de la falta de acceso a los abortos legales son: mala fe de los proveedores de salud y funcionarios, desconocimiento del derecho vigente, falta de información jurídica de los profesionales de la salud que temen una sanción penal, abuso de la objeción de conciencia con tolerancia estatal, comentarios reprobatorios del personal hospitalario, violencia institucional contra las mujeres en estas situaciones.
El fallo “F.A.L.” de la Corte Suprema de Justicia debió terminar con una práctica contraria a la ley consistente en judicializar, entorpecer y demorar el acceso a los abortos legales y en tanto involucra derechos e intereses colectivos de todas las mujeres, niñas, adolescentes y personas trans, tiene fuerza vinculante. Las provincias que aún no lo hicieron deben cumplir con la exhortación de la Corte y adherir al “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”, publicado en junio de este año por el Ministerio de Salud de la Nación.
En el marco de la campaña Tenemos Derechos, continuaremos impulsando estrategias y apoyando acciones locales dirigidas a lograr la efectiva implementación del derecho al aborto legal en todo el país, en protección de los derechos vigentes para la erradicación efectiva de todas las formas de violencia contra las mujeres.
Algunos de los litigios y acciones que integran la campaña Tenemos derechos:
Desde Amnistía Internacional Argentina, el CELS y ELA interpusimos una acción colectiva contra el Ministerio de Salud de la Nación para que incorpore, a nivel federal y como servicio básico y obligatorio del sistema de salud, las prestaciones necesarias para interrumpir embarazos que fueran producto de una violación o que pongan en riesgo la vida o la salud de la mujer. Solicitamos que esas prestaciones comprendan todos los métodos que, basados en la evidencia, resultan efectivos, seguros y preferidos en estos casos.
En Buenos Aires enviamos una carta al presidente y a los titulares de todos los bloques de la cámara de diputados provincial, para que den tratamiento al Proyecto de Ley de Regulación del Acceso a los Abortos No Punibles. También, presentamos un pedido de información pública al Ministerio de Salud de la Provincia (dirigido al Ministro, con copia a las Direcciones de Políticas de Género, de Hospitales y de la Región Sanitaria XI), que fue respondido en forma parcial. El objetivo es obtener información sobre el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). También se solicitaron los protocolos hospitalarios existentes.
En la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de una causa judicial, se declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 1252/12 del Ministerio de Salud que estableció un protocolo para la atención de los abortos no punibles, cuestión que está a estudio de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa desde hace más de dos años. Mientras tanto, se logró la suspensión de los requisitos ilegítimos incluidos en dicha Resolución. Esto significa que, ante el pedido de un aborto legal, no es necesaria la intervención obligatoria de un equipo interdisciplinario ni el aval de la autoridad máxima del hospital donde se realice la práctica; las adolescentes a partir de los 14 años pueden expresar su propio consentimiento informado y no se requiere el consentimiento de sus representantes legales; no rige el límite gestacional de 12 semanas para los casos de violación; en caso de mujeres con discapacidad, no debe exigirse la acreditación de insania o discapacidad mental y se debe procurar ofrecer un sistema de apoyos que debe respetar su voluntad. Respecto de la causal salud: el peligro para la salud de la persona que solicita la ILE no debe ser grave ni inminente, basta con que sea potencial. En 2014 Amnistía Internacional presentó un amicus curiae con estándares internacionales de derechos humanos para apoyar la pretensión de esta causa.
En Córdoba Católicas por el Derecho a Decidir interviene como tercero coadyuvante en defensa de los derechos humanos de las mujeres en la causa iniciada por la Asociación Civil Portal de Belén contra la resolución 93/12 y la “Guía de atención de abortos no punibles” del Ministerio de Salud cordobés. Portal de Belén pide que se declare inaplicable por inconstitucional la resolución ministerial y se declare inconstitucional la figura legal del aborto no punible. En diciembre de 2014 Amnistía Internacional, ELA, CELS se presentaron como amicus curiae ante el Tribunal Superior de Justicia para dar argumentos de trascendencia para la decisión del asunto. En el Día Nacional de Lucha por la Legalización del Aborto, Católicas por el Derecho a Decidir hizo pública una Carta abierta al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. La causa iniciada mantiene suspendido parcialmente el protocolo provincial; por lo que la provincia no respeta los lineamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la aprobación de una Guía de atención.
El gobierno de Salta dictó en 2012 una de las normativas más restrictivas en materia de atención de los abortos no punibles. En 2014, enviamos una carta a la legislatura provincial planteando la importancia de que la provincia adecue su normativa y deje sin efecto el protocolo vigente, pedido que hasta el momento no ha sido receptado. Además se encuentra vigente un Acción Urgente para que la sociedad se sume al pedido de un protocolo y el acceso de mujeres y niñas al aborto legal. El mismo año se sancionó la Ley N° 7863 por medio de la cual se crea el Observatorio de Violencia contra las Mujeres. Está integrado por representantes de los tres poderes (una representante por el Poder ejecutivo, una por la Cámara de diputados, una por la Cámara de senadores y una por el Poder Judicial), de la Universidad Nacional de Salta y de las organizaciones de mujeres; es un ente autárquico y autónomo. Entre sus funciones se encuentra el monitoreo, recolección, producción, registro y sistematización de datos e información sobre la violencia contra las mujeres, y el análisis de políticas públicas, sobre las que puede recomendar su modificación, proponer y gestionar acciones preventivas. Esperamos que el Observatorio sea un espacio auspicioso destinado a incidir en materia de aborto no punible.
El gobierno de la provincia de Mendoza emitió una serie de dictámenes que sostienen el carácter “inconstitucional” e “ilícito” del acceso a la interrupción legal del embarazo y en los que se afirma que los métodos anticonceptivos hormonales y el DIU (Dispositivo Intrauterino) son abortivos y, por lo tanto, deben ser prohibidos. Se trata de afirmaciones violatorias de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes. Por esos motivos, junto con la Coordinadora Feminista Autónoma de Mendoza y un numeroso grupo de organizaciones y agrupaciones locales, presentamos un pedido de acceso a la información pública dirigido al Ministerio de Salud de Mendoza. El objetivo del pedido es conocer el grado de acceso a la anticoncepción, a la interrupción legal del embarazo y a la salud integral de las mujeres, adolescentes y niñas en todo el territorio de la provincia, en tanto se encuentran comprometidos sus derechos humanos. Hasta el momento, el pedido no ha sido respondido.
En Tucumán, junto con la Casa de las Mujeres Norma Nassif y la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH Tucumán), presentamos ante el ministro de Salud provincial, un pedido de informes sobre el grado de implementación que tiene en esa provincia el aborto legal, pedido que no fue respondido.
En Santiago del Estero, apoyamos en 2014 una acción colectiva contra el Poder Ejecutivo provincial presentada por la Asociación Civil por el Derecho a la Salud para que se ordene la elaboración de una guía de procedimiento para actuar en los casos que se requiera interrumpir embarazos en forma legal. Hasta el momento, esta acción no ha tenido avances sustanciales.