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España: absolución por violación en grupo en Pamplona


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Miles de personas se han echado a las calles en los últimos días en diferentes puntos de España después de que cinco hombres acusados de violar en grupo a una mujer de 18 años en 2016 fueran absueltos el jueves pasado de “agresión sexual”, cargo que incluye la violación. En su lugar, los acusados fueron declarados culpables del cargo más leve de “abusos sexuales” y condenados a nueve años de prisión. La gente protesta indignada por el hecho de que no fueran declarados culpables de violación y por la manera en que tanto la ley como el sistema de justicia han fallado a la víctima. Las personas que se manifiestan expresan sonoramente su solidaridad con ella.

Una de las preocupaciones principales es que, pese a que los jueces reconocieron que la mujer no había dado su consentimiento al ataque sexual, y reconocieron que estaba en estado de shock en aquellos momentos y había adoptado una actitud pasiva y sumisa porque tenía miedo, aun así declararon a los hombres inocentes del delito de violación. Los jueces concluyeron que la ausencia de consentimiento no bastaba para considerar el ataque una violación porque, en su opinión, no se habían utilizado violencia física ni intimidación, requisito necesario para que se considere que se ha cometido delito de violación en virtud de la actual legislación española. No es raro que las mujeres, en casos de ataques así, se queden paralizadas o no se resistan a sus atacantes, como sucedió en este caso específico en España. Algunas víctimas de violación reaccionan instintivamente de esa manera para protegerse de una violencia extrema o incluso para evitar que las maten.

La sentencia fue dictada por tres jueces, uno de los cuales emitió un voto particular discrepante en el que alegaba que los hombres debían ser considerados inocentes incluso del delito más leve. En sus alegaciones afirmaba que, puesto que la víctima no había expresado una negación explícita, la ausencia de un “no” y de resistencia física significaban que tenía que haber consentido.

Mónica Costa Riba, responsable de Campañas sobre Derechos de las Mujeres de Amnistía Internacional, ha declarado:

“Los comentarios realizados por el juez discrepante muestran un alarmante desprecio por los derechos de las mujeres y las niñas y por la humanidad de la víctima. Sus argumentos agravan aún más los daños causados por la sentencia, y demuestran una preocupante falta de comprensión de qué constituye violación y de las diversas respuestas con que las víctimas pueden reaccionar a un ataque así.”

“Esta sentencia muestra que tanto la ley como el sistema judicial están fallando cruelmente a las víctimas de violación, y están agravando su trauma en España. El sentar en el banquillo la conducta de las víctimas en lugar de las acciones de los acusados, transmite un peligroso mensaje. La ausencia de consentimiento es lo que tiene que importar, no si la víctima opuso resistencia física o no al ataque.”

“La sentencia arroja luz sobre la injusticia que se produce cuando las definiciones de violación están desfasadas y van por detrás de las normas internacionales. Según las normas internacionales de derechos humanos, las relaciones sexuales no consentidas constituyen violación. Hasta ahora, nueve países de Europa han revisado sus definiciones de violación basadas en la ausencia de consentimiento, en lugar de en el uso de la violencia. Como ha quedado dolorosamente patente en este caso, España no es uno de esos países.”

“Lo que muestra también esta sentencia es que, aunque se necesita urgentemente una reforma de la definición jurídica de violación, sigue habiendo otros obstáculos en el acceso de las mujeres a la justicia cuando han sido violadas. Entre ellos se encuentran los estereotipos y las actitudes negativas de jueces, abogados y policías hacia las mujeres, las niñas y las víctimas de violación. La reforma legal debe ir acompañada de una acción nacional para abordar los prejuicios, la culpabilización de la víctima, los estereotipos y los mitos, manifestados a menudo por los mismos funcionarios encargados de prevenir las violaciones y permitir el acceso de las supervivientes a la justicia.”

“Los políticos y los responsables de la toma de decisiones deben escuchar las voces de quienes reclaman reformas legales y mejoras en el sistema jurídico para garantizar el derecho de las víctimas de violación a acceder a la justicia. Confiamos en que quienes ejercen el poder escuchen esas voces y emprendan las acciones que se necesitan con urgencia.”

Información complementaria

Los hechos juzgados tuvieron lugar una noche de julio de 2016 en la ciudad de Pamplona, durante las famosas fiestas de San Fermín. Los cinco hombres se ofrecieron a acompañar a la mujer a su coche pero, en lugar de eso, la arrastraron a un portal donde la sometieron a diferentes formas de penetración, a veces de forma simultánea, y sin preservativo. Tras el ataque, se marcharon dejando a la mujer medio desnuda en el portal. Antes de marcharse, uno de ellos le robó el teléfono. Los hombres filmaron el ataque y lo compartieron en un grupo de Whatsapp. Las grabaciones fueron examinadas por los jueces como prueba clave. La fiscalía había pedido una pena de casi 23 años por violación en grupo y otros cargos.

Todas las partes (la fiscalía, la víctima y los cinco acusados) han anunciado que recurrirán la sentencia.

Sólo nueve países europeos de los 33 que componen el Espacio Económico Europeo (EEE) reconocen que las relaciones sexuales sin consentimiento constituyen violación —considerando por separado las tres jurisdicciones de Reino Unido—. Se trata de Inglaterra y Gales, Escocia, Irlanda del Norte y la República de Irlanda, además de Bélgica, Chipre, Luxemburgo, Alemania y, más recientemente, Islandia.

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