“Nos alegra que la justicia haya triunfado en este terrible caso y que se hayan hecho valer los derechos de la sobreviviente. Pero el camino hasta llegar aquí fue largo y causó a la mujer implicada un sufrimiento añadido innecesario que podría haberse evitado.
Adolfo Luján
“Este caso muestra a las claras por qué es tan importante que se modifique el Código Penal español. El sexo sin consentimiento es violación; es así de sencillo. Dar por sentado en la legislación que la víctima ha dado su consentimiento si no opuso resistencia física resulta sumamente problemático y perjudica el acceso a la justicia, especialmente dado que especialistas en la materia reconocen que la ‘parálisis involuntaria’ o ‘bloqueo’ es una respuesta fisiológica y psicológica habitual a la agresión sexual.
“Aunque cambiar la ley no erradicará la violación, lo que la ley dice juega un importante papel a la hora de definir las actitudes respecto a lo que es violación.”
Información complementaria
El Tribunal Supremo de España condenó hoy a los cinco hombres por violación, basándose en la existencia de intimidación y en la ausencia de consentimiento. Las dos sentencias anteriores, dictadas por la Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Navarra, establecieron que la mujer no había dado su consentimiento, pero condenaron a los hombres por un delito de menor gravedad —abuso sexual— al no hallar suficientes indicios de violencia o intimidación para que el delito se considerara violación. En próximas semanas se conocerá el texto íntegro de la sentencia.