“Esta iniciativa de ley en realidad amenaza lo que dice proteger: la vida y las familias”, declaró Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.
“Exigimos al Congreso de Guatemala que rechace este descabellado proyecto de ley que pone en riesgo la vida y los derechos de las mujeres, niñas y de las personas LGBTI, y que dedique sus recursos a protegerlas a través de leyes y políticas que garanticen la igualdad real”.
Entre otros aspectos preocupantes, la iniciativa propone modificar el código penal para criminalizar los abortos espontáneos, imponiendo penas de prisión para mujeres que los han sufrido y para castigar a quienes “promuevan o faciliten medios para la realización del aborto”. Estas disposiciones ponen en riesgo la vida y el acceso de las mujeres y niñas a los servicios de salud.
En la actualidad la ley guatemalteca sólo permite el aborto en caso de riesgo para la vida de las mujeres o niñas embarazadas, vulnerando su autonomía reproductiva. La penalización del aborto e información sobre servicios de interrupción voluntaria del embarazo vulnera los derechos de las mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar. El Estado guatemalteco debería de despenalizarlo completamente y garantizar el acceso legal y seguro al aborto, incluyendo información al respecto.
El proyecto también discrimina directamente a las personas LGBTI, al prohibir expresamente matrimonios y el reconocimiento de uniones de hecho entre personas del mismo sexo, y propone una definición de familia excluyente y discriminatoria.
Además, de manera peligrosa, formula un supuesto “derecho” a “no aceptar como normal la diversidad sexual o la ideología de género”, legalizando de facto las conductas discriminatorias que pueden contribuir al fomento de la violencia contra personas LGBTI.
Adicionalmente, el proyecto vulnera los derechos de los niños y de las niñas de tener acceso a una educación integral en sexualidad, ya que prohíbe “enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad”.
En un contexto de persistencia de la discriminación y reacciones frente a la igualdad de género y los derechos de las mujeres y niñas y personas LGTBI, es fundamental que Guatemala se abstenga de promover estereotipos dañinos y que garantice el derecho de todas las personas a no ser discriminadas, incluyendo por su condición u orientación sexual o identidad de género.
Información adicional
Tanto la Organización Mundial de Salud (OMS) como el Comité de Derechos Humanos de la ONU, han reconocido el vínculo causal entre las muertes maternasy las leyes restrictivas y/o penales sobre el aborto. La OMS ha señalado que la restricción del acceso legal al aborto no disminuye la necesidad del aborto, sino que probablemente aumente el número de mujeres que buscan abortos ilegales e inseguros, lo que conduce a una mayor morbilidad y mortalidad y crea desigualdades sociales.
De acuerdo a los tratados internacionales que ha firmado, Guatemala tiene la obligación de garantizar los derechos de las personas sin discriminación, incluyendo la discriminación basada en la orientación sexual y/o identidad de género.
El Comité de Derechos Humanos en sus recientes observaciones al Estado de Guatemala, destacó su preocupación sobre la discriminación y violencia por motivos de orientación sexual o identidad de género, la penalización del aborto y falta de servicios adecuados de salud reproductiva, exigiendo al Estado “garantizar el acceso pleno a los servicios de salud sexual y reproductiva, a anticonceptivos de emergencia y a una educación integral en sexualidad para sensibilizar a hombres, mujeres, niños y niñas en todo el país”.
Por su parte, el Comité de Derechos del Niño recomendó expresamente al Estado que “garantice que la educación sobre salud sexual y reproductiva forme parte del plan de estudios escolar obligatorio, y que para su desarrollo se cuente con la participación de adolescentes de ambos sexos y se preste particular atención a la prevención de los embarazos precoces y las infecciones de transmisión sexual”.
La iniciativa de ley 5272 fue presentada al Congreso el 27 de abril de 2017. El 28 de agosto de 2018 se aprobó la segunda lectura. Se necesita ahora una tercera lectura en Pleno, que podría tener lugar en los próximos días, antes de proceder a la aprobación artículo por artículo.