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Para Gobernador de Misuri

Estados Unidos: programada la ejecución de un hombre con discapacidad mental

Estados Unidos: programada la ejecución de un hombre con discapacidad mental Está previsto que Johnny Johnson, de 45 años y diagnosticado desde hace tiempo con graves discapacidades mentales, entre ellas esquizofrenia y trastorno afectivo esquizoide, sea ejecutado en Misuri el 1 de agosto de 2023 por el asesinato, cometido en 2002, de una niña de seis años. Sus abogados han presentado las conclusiones de un neuropsiquiatra según las cuales Johnson carece de comprensión racional de los motivos de su castigo, y en lugar de eso cree que Satanás está utilizando al Estado para ejecutarle y así provocar el fin del mundo. El derecho internacional prohíbe la ejecución de personas con discapacidad mental grave, incluidas las que tienen una capacidad reducida para comprender los motivos de su condena.

 

ACTÚEN: REDACTEN SU PROPIO LLAMAMIENTO O UTILICEN LA SIGUIENTE CARTA MODELO

 

Gobernador / Office of Governor Michael L. Parson


  1. O. Box 720, Jefferson City


 MO 65102, Estados Unidos

Correo-e a través de: https://governor.mo.gov/contact-us/mo-governor 

Señor Gobernador Parson:

Está previsto que Johnny Johnson sea ejecutado a las seis de la tarde del 1 de agosto de 2023. Es indudable que el delito del que fue declarado culpable es grave. No pretendo minimizar su gravedad ni restar importancia al sufrimiento causado.

A Johnny Johnson se le ha diagnosticado desde su infancia una grave discapacidad mental (psicosocial), que incluye esquizofrenia, trastorno afectivo esquizoide y trastorno depresivo mayor. En el momento del delito estaba bajo tratamiento por esquizofrenia, y ha recibido tratamiento por ese trastorno desde que, ese mismo día, fue detenido.

En 1986, en Ford v. Wainwright, la Corte Suprema de Estados Unidos afirmó que la ejecución de personas que han “perdido la cordura” viola la Constitución. En Panetti v. Quarterman, en 2007, la Corte aclaró que eso incluye a las personas cuyo “estado mental esté tan distorsionado por una enfermedad mental” que haga que carezcan de una “comprensión racional” de “los motivos del Estado para la ejecución”. Un neuropsiquiatra contratado por los abogados de Johnny Johnson concluyó a principios de 2023 que, en virtud de esa norma, Johnson no es apto para ser ejecutado; el neuropsiquiatra declaró que, aunque Johnson es consciente de que fue condenado por asesinato y de que está en el corredor de la muerte, no tiene una comprensión racional del vínculo entre el delito y su castigo.

A pesar de estos datos, la Corte Suprema de Misuri determinó que Johnny Johnson no alcanzaba el umbral de no apto para ser ejecutado. La Corte concluyó además que la “evolución de las normas morales” no convierte a Johnny Johnson en no apto para ser ejecutado a causa de su discapacidad mental severa.

Empleando su análisis de la “evolución de las normas morales”, la Corte Suprema de Estados Unidos ha excluido de la pena de muerte a menores y a personas con discapacidad intelectual. Al negar el auxilio a Johnny Johnson, la Corte Suprema de Misuri subrayó que los tribunales han declinado ampliar estas categorías de protección a las personas con discapacidad mental grave. Le insto a reconocer, no obstante, que en numerosos estados, incluido Misuri, se han introducido proyectos de ley para prohibir el uso de la pena de muerte contra estas personas. En 2019, Ohio aprobó una ley de este tipo, en la que especificaba que el trastorno del delincuente no necesita cumplir “la norma para ser declarado inocente por motivos de demencia [...] o la norma para ser declarado no apto para ser juzgado”. En 2022, Kentucky dio un importante paso al aprobar una ley que exime de la pena de muerte a los delincuentes que presenten síntomas activos y un historial bien documentado, que incluya un diagnóstico oficial de discapacidades mentales específicas, como esquizofrenia o trastorno afectivo esquizoide.

Le insto a conceder la petición de indulto que se le ha presentado para Johnny Johnson y a conmutar su condena a muerte.

Atentamente, [NOMBRE]

Información complementaria

Además de las discapacidades del desarrollo que se manifestaron durante su infancia, el primer ingreso de Johnny Johnson en un hospital psiquiátrico tuvo lugar cuando tenía 14 años. Los responsables de su evaluación concluyeron que llevaba seis meses contemplando la posibilidad del suicidio. A los 18 años ingresó en atención psiquiátrica cuatro veces por ideas suicidas e intentos de suicidio. Los diagnósticos durante ese tiempo incluyeron depresión mayor. En 1996, a los 18 años, ingresó voluntariamente en un centro psiquiátrico. Allí informó de que experimentaba lagunas mentales, oía voces y veía a amigos fallecidos que le instaban a hacerse daño. Le diagnosticaron depresión mayor y un trastorno psicótico.

En los seis años transcurridos desde que cumplió los 18 y el momento del delito por el que fue condenado a muerte, sus ingresos para tratamiento psiquiátrico continuaron, con diagnósticos que incluían la esquizofrenia, la esquizofrenia paranoide, el trastorno afectivo esquizoide (un trastorno caracterizado por síntomas de esquizofrenia, como alucinaciones o delirios, y síntomas de trastorno del estado de ánimo, como manía y depresión), trastorno depresivo mayor, funcionamiento intelectual límite y dependencia de distintas sustancias. A principios de 2002 recibió un diagnóstico de esquizofrenia paranoide y entró en un programa de tratamiento; en junio de 2002 faltó a varias citas psiquiátricas. Asimismo, tuvo reuniones con un asistente social, pero desde el 28 de junio de 2002 dejó de presentarse también a ellas. Menos de un mes después, la mañana del 26 de julio de 2002, una niña de seis años desapareció; se había visto a Johnny Johnson con ella esa mañana. Johnson, entonces de 24 años, fue detenido, admitió haberla matado y dijo a la policía dónde encontrar el cadáver.

En la cárcel, tras el crimen, los síntomas de Johnny Johnson continuaron, incluidas las alucinaciones y la paranoia, por lo que le pusieron medicación y lo recluyeron en la categoría de prevención del suicidio. Una evaluación ordenada por el tribunal en noviembre de 2003 concluyó que era apto para ser juzgado. A Johnson le diagnosticaron trastorno depresivo mayor, recurrente y grave, con rasgos psicóticos, en remisión parcial, dependencia de diversas sustancias, trastorno de personalidad antisocial y funcionamiento intelectual límite (con un cociente intelectual de 70). Los registros penitenciarios de febrero de 2004 decían: “Síntomas de psicosis y depresión. Experimenta frecuentes cambios de humor, sentimientos de irrealidad, alucinaciones auditivas/visuales, y sentimientos de paranoia”. En su juicio a principios de 2005, los expertos presentados por la acusación y la defensa coincidieron en que Johnny Johnson sufría un trastorno afectivo esquizoide. La defensa afirmó que tenía una capacidad disminuida de defenderse, argumentando que, a causa de su discapacidad mental, no podía actuar con la deliberación necesaria para sustentar un cargo de asesinato en primer grado. La fiscalía alegó que Johnson tenía la capacidad de actuar con deliberación, y sus expertos afirmaron que las alucinaciones que pudiera haber sufrido se debían al consumo de metanfetamina, no a la psicosis. Johnny Johnson fue condenado a muerte por asesinato en primer grado y a cadena perpetua por sus declaraciones de culpabilidad de secuestro e intento de violación de la niña.

En el corredor de la muerte, según los historiales médicos de la prisión, sus síntomas han persistido, incluidas las alucinaciones auditivas, y ha tenido que ser frecuentemente recluido en la categoría de prevención del suicidio, además de ser medicado. En febrero de 2023, un neuropsiquiatra contratado por los abogados de Johnny Johnson concluyó que éste no es apto para ser ejecutado: “El Sr. Johnson es consciente de que está en el corredor de la muerte y de que ha sido declarado culpable de asesinato. Sin embargo, carece de una comprensión racional del vínculo entre su crimen y su castigo. Cree que Satanás está utilizando al estado de Misuri para ejecutarle y así provocar el fin del mundo, y asegura que la voz de Satanás le ha confirmado este plan [...] Su creencia de que puede modificar este plan entrando en la cabeza del juez y de los abogados con el fin de influirles para que no lo ejecuten es igualmente irracional y delirante, al igual que su creencia de que los espíritus del inframundo pueden influir en el Estado para que no lo ejecute y frustrar así los planes de Satanás. Mantiene creencias delirantes sobre su mortalidad y, aunque concede que ‘cree’ que moriría por inyección letal, sus declaraciones de que es un vampiro y es capaz de ‘reanimar’ sus órganos, y su creencia de que puede entrar en la mente de un animal si consigue aprender el ‘código’ adecuado para seguir viviendo después de su ejecución muestran que carece de una comprensión racional de la finalidad de su castigo. El Sr. Johnson, a pesar de haber recibido tratamiento con dosis adecuadas y altas de potentes medicamentos antipsicóticos, sigue siendo totalmente psicótico. Sufre debilitantes experiencias alucinatorias y delirantes [...] Sus creencias sobre por qué va a ser ejecutado se fundamentan en un pensamiento delirante, producto de una enfermedad mental psicótica grave y un cerebro cognitivamente disminuido”.

El Estado ha presentado una declaración jurada del director de Salud Mental del Centro Penitenciario Potosí, que alberga el corredor de la muerte, en la que dice que Johnny Johnson “parece comprender la naturaleza de su cercana ejecución”. El 8 de junio de 2023, la Corte Suprema de Florida denegó la suspensión de la ejecución. Los abogados de Johnny Johnson están tratando de conseguir una vista ante un tribunal federal. La fiscalía alega que debe permitirse que se lleve a cabo la ejecución, sin celebrar ninguna vista.

Ejecutar a una persona que carece de una comprensión racional del motivo o la realidad de su ejecución viola la Constitución estadounidense en virtud de una sentencia dictada por la Corte Suprema de Estados Unidos en 1986 y aclarada por la propia Corte en 2007, que afirma: “El hecho de que un preso conozca los motivos por los que el Estado va a ejecutarlo no equivale a que los comprenda racionalmente”. El derecho internacional de los derechos humanos prohíbe el uso de la pena de muerte contra personas con discapacidades mentales (psicosociales) e intelectuales. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, órgano experto establecido por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ratificado por Estados Unidos en 1992) para supervisar su cumplimiento, ha manifestado que los Estados partes deben “abstenerse de ejecutar a las personas que tengan una capacidad reducida para comprender las razones de la condena”.

Las 13 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos en lo que va de año han sido obra de cuatro estados: Texas (5), Florida (4), Misuri (3) y Oklahoma (1). Estos cuatro estados juntos son responsables del 57% de las ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos desde 1976.

PUEDEN ESCRIBIR LLAMAMIENTOS EN: Inglés. También pueden escribir en su propio idioma.

 

ENVÍEN LLAMAMIENTOS LO ANTES POSIBLE Y NO MÁS TARDE DEL: 1 de agosto de 2023

 

NOMBRE: Johnny Johnson


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